Formulario 110

La declaración de impuestos en Colombia ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) es una obligación ciudadana que tienen prácticamente todos los ciudadanos trabajadores en el país. La principal herramienta utilizada para realizar la declaración, es conocida como el Formulario 110, el cual suele ser de uso común para este fin.

Si no estás seguro si necesitas declarar impuesto o cuándo debes hacerlo, este artículo es para ti. Aquí te explicamos detalles sobre la fecha de declaración de impuestos, uso del formulario 110, entre otros. Es importante que conozcas la información en este artículo, ya que el formulario 110 cambió ligeramente y puede que te encuentres con cambios que desconoces al respecto.

¿Cuándo debo declarar en el formulario 110?

La declaración de impuestos bajo el Formulario 110 aplicable para el 2022, se realiza bajo la resolución 000026 de la DIAN. En este formulario, se podrá realizar la declaración de las obligaciones tributarias para el año 2021, así como la fracción gravable para el año 2022. Esta nueva versión del formulario incluye modificaciones estipuladas por la ley 2155 emitida el 14 de Septiembre del año 2021.

La declaración de impuestos ante la DIAN con el formulario 110, se lleva a cabo en distintas fechas a lo largo del año 2022, tanto para grandes contribuyentes como para los que no entran en esta calificación. En esta sección, te traemos la lista de las fechas en cada caso.

Grandes contribuyentes

Los grandes contribuyentes, son aquellas empresas y sociedades jurídicas que mueven grandes cantidades de dinero, por lo que la DIAN les otorga dicho título. Las fechas de la declaración y el pago que se lleva a cabo en el caso de los grandes contribuyentes, es la siguiente:

  • 8 – 21 de Febrero del 2022: Pago de la primera cuota de los impuestos.
  • 7 – 22 de Abril del 2022: Se presenta la declaración de impuestos y se paga la segunda cuota.
  • 7 – 21 de Junio del 2022: Pago de la tercera cuota.

Es importante destacar, que este caso aplica para la mayoría de los casos, más no para todos. Cualquier institución financiera que esté obligada a pagar sobretasa, deberá realizar un pago en dos cuotas. Las fechas y el porcentaje de cada cuota son las siguientes:

  • 7 – 22 de Abril del 2022: Pago de la primera cuota, equivalente al 50% del impuesto.
  • 7 – 21 de Junio del 2022: Pago de la segunda cuota, equivalente al 50% restante del impuesto.

No grandes contribuyentes

Hay personas jurídicas, sociedades establecidas y otras entidades legales, que no entran en la categoría de Grandes Contribuyentes, la cual es estipulada por la DIAN. La declaración y pago de impuestos para estas entidades que tampoco son consideradas personas naturales, se realiza en las siguientes fechas:

  • 7 de Abril al 6 de Mayo del 2022: Declaración de impuestos y pago de la primera cuota.
  • 2 – 22 de Julio del 2022: Pago de la segunda cuota.

Personas naturales

Las personas naturales, al igual que algunas sucesiones líquidas, deberán declarar y pagar el impuesto en una sola cuota en un rango de fechas establecidos. Estas fechas son las siguientes:

  • 9 de Agosto – 19 de Octubre del 2022: Declaración y pago de impuestos

¿Quién declara en el formulario 110?

Si tienes dudas sobre si debes declarar o no utilizando el formulario 110, no te preocupes. En esta sección, te comentamos quiénes deberán declarar ante el formulario 110 de la DIAN. Estas son las siguientes:

  • Personas jurídicas.
  • Personas asimiladas.
  • Personas naturales no residentes.
  • Personas asimiladas no residentes.
  • Sucesiones líquidas con causantes no residentes.
  • Sucesiones líquidas con ingresos y patrimonio de entidades obligadas a declarar.

¿Cuáles son los formularios utilizados en las declaraciones de renta?

Existen dos formularios que se utilizan para las declaraciones de renta. Estos formularios están establecidos por la DIAN y en algunos casos, se modifican ciertos parámetros cuando surgen leyes que lo requieren. Estos formularios son los siguientes:

Formulario 110

El Formulario 110 establecido por la DIAN, se utiliza cuando no existe una cedulación, que es en el caso de personas jurídicas, asimiladas, asimiladas no residentes, naturales no residentes, entre otros. Este formulario se utiliza principalmente para todas las personas que se excluyan de la categoría de “personas naturales residentes”.

Formulario 210

Caso contrario al formulario 110, el formulario 210 se utiliza única y exclusivamente para personas naturales residentes. Esto quiere decir, cualquier persona natural que esté residiendo en el país, tenga una cédula de identificación y esté en la obligación de presentar así como pagar impuestos ante la DIAN.

¿Cómo hago para saber si tengo que declarar renta?

Si eres una persona natural y no estás seguro si debes declarar impuestos ante la DIAN, no te preocupes, ya que en esta sección te explicamos cómo saber si debes declarar. Si cumples con al menos uno de los siguientes criterios, deberás declarar impuestos en este 2022, sobre el año gravable 2021:

  • Tu patrimonio bruto al finalizar el año 2021, es igual o superior a la cantidad de $163.386.000.
  • El total de ingresos que generaste durante el año 2021 es igual o superior a $50.831.000.
  • Los consumos durante el año 2021 con tarjetas de crédito, son iguales o superiores a $50.831.000.
  • Las compras y consumos en general durante el año 2021 son iguales o superiores a $50.831.000.
  • El total de depósitos, inversiones y consignaciones bancarias es igual o superior a $50.831.000.

En el caso de que cumplas con al menos uno de estos criterios, deberás declarar impuestos en el 2022 sobre el año gravable 2021. Para realizar la declaración, puedes utilizar el formulario 210 o 110, según sea correspondiente, acudiendo a las secciones de información de la DIAN.

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